lunes, 6 de agosto de 2012

Sobre la unión conyugal

Como parte de su derecho fundamental a la libertad, los individuos tienen derecho a unirse voluntariamente para establecer un vínculo conyugal, con personas del sexo opuesto o del mismo sexo. Lo que los individuos en forma voluntaria acuerden en cuanto a unión conyugal, o de cualquier tipo siempre que tenga fines pacíficos, sólo concierne a los suscritos a tales acuerdos conyugales.

Los asuntos que suelen corresponder a  una unión conyugal como crianza de hijos, régimen de separación o conjunto de bienes, beneficiarios de seguros y herencias, también corresponden a las parejas del mismo sexo que formen una unión.

En cuanto a la adopción de menores, los asuntos y arreglos en esta materia serán concernientes únicamente a las partes involucradas en tales acuerdos; los padres o representantes legales del menor y quienes deseen adoptar, siempre que los fines no supongan una violación de los derechos fundamentales del menor.

El Movimiento Libertario del Ecuador, promoverá siempre los acuerdos voluntarios con fines pacíficos, incluido el matrimonio o unión conyugal entre personas de sexo opuesto o del mismo sexo. Así mismo rechaza toda intervención del gobierno a legislar sobre esta materia, debido a que estos asuntos son de carácter privado y personal mientras sean fruto de acuerdos libres.

Disqus for Movimiento Libertario del Ecuador